LIBROS: La
Constitución, veinte años después
VV.AA.:
La Constitución, veinte años después, Papeles y
Memorias de la Real Academia de Ciencias Morales y
Políticas, n.° 2, junio de 1998, 163 págs.
Además de la avalancha noventayochista, este 98 nos ha
deparado también un abundoso caudal, que amenaza con
acrecer el año próximo, sobre la Constitución
española de 1978, en su vigésimo aniversario. Si bien
hasta la fecha la mayor parte de las aproximaciones
alumbradas ha venido tocada por el signo de la
apologética, de cuando en cuando han asomado pareceres
más fundadamente críticos. La presente colectánea de
la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, por
contra, invierte cabalmente las dosis y, en el seno de un
conjunto de contribuciones por lo general de alto nivel,
como en principio cabía esperar de la Corporación,
destaca por el palenque crítico y desmitificador en que
se instala, no obstante algunas -pocas- contribuciones ya
conformistas o francamente vulgares.
Así, por ejemplo, en varios de los textos se denuncia
paladinamente el indecoroso juego del consenso como
origen de las deficiencias después aquilatadas en la
praxis constitucional. Fernández de la Mora, que dice
carecer de pretensiones de originalidad doctrinal,
argumenta sin embargo vigorosa y rigurosamente «por qué
votó negativamente» la Constitución de 1978,
señalando su ambigüedad en cuestiones fundamentales y
en particular respecto del modelo de Estado y la
organización territorial. Por su parte, López Rodó
insiste en las «ambigüedades y silencios» del texto de
1978, también con referencia particular -que no quita
una alusión al derecho a la vida, a la regulación de la
Corona y al procedimiento de reforma- a la construcción
del Estado autonómico, en cuya crítica fue adelantado
en tiempos en que apenas se alzaban voces discrepantes.
Garrido Falla, desgrana sus recuerdos personales como
Letrado asistente de la Ponencia, entreverando un juicio
positivo global con referencias menos complacientes hacia
los procedimientos del consenso -muy interesante resulta
el tratamiento del vidrioso asunto del derecho a la
educación- y, cómo no, al título VIII. Para cerrar el
bloque relativo al llamado Estado de las autono-
mías, una pincelada sobre otros dos ensayos, de
significación distinta: los de Manuel Fraga y Miguel
Herrero . El primero, subraya ponderadamente el activo
que la nueva organización del Estado ha llevado consigo,
en términos que -aunque no se compartan- no pueden sino
ser objeto de consideración. Lo mismo ocurre con el
inteligente y muy discutible estudio del segundo, que
critica la generalización y uniformización del proceso
autonómico desde una posición por momentos cercanísima
a la de los nacionalismos catalán y vasco.
Dos textos muy ceñidos temáticamente son los de
González Pérez, sobre la incidencia de la Constitución
-que juzga abusiva- en la reforma de la jurisdicción
contencioso- administrativa, y de Fernández Campo sobre
la Corona, de mayor calado el primero que el segundo. Por
contra, Lucas Verdú se las ve con la tensión entre
norma y realidad que exhibe el constitucionalismo
español actual, interrogándose sobre si existe una
crisis del concepto de Constitución. Ensayo abigarrado,
pero en todo caso sugestivo. Y he dejado para el final
las dos aportaciones que me parecen de menor interés, la
de Peces-Barba y la de Cerezo, y no sólo por seguir
acríticamente los tópicos de la retórica política
instalada, sino por el nivel casi sonrojante -al menos la
primera- del discurso.
Miguel AYUSO
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