LIBROS:
Tradición jurídica y derecho subjetivo
Gallego,
Elio A.: Tradición jurídica y derecho subjetivo,
Dykinson, Madrid 1996, 158 págs.
En la línea de juristas como Alvaro D'Ors, Michel
Villey, Juan Vallet de Goytisolo o Javier Hervada, este
excelente trabajo estudia la extrañeza del concepto
moderno de derecho subjetivo a la tradición jurídica
clásica, y la evolución desde la idea del ius como «la
cosa justa» hasta la moderna utopía de los derechos
humanos.
Para los griegos, los romanos y la escolástica, el
derecho es el obiectum iustitiae, algo objetivo y
concreto establecido en relación a alguien también
concreto. El pensamiento moderno, sin embargo, transfiere
el derecho de la cosa al propio sujeto, planteándolo en
términos de una indeterminada «facultad de exigir». El
derecho pasa así a ser subjetivo, en vez de objetivo;
formal, en vez de real; lo exigible, en vez de lo debido.
De este modo el derecho acaba confundiéndose con
«aspiración» o «deseo», dando lugar a una espiral
inacabable de reclamaciones que no sólo descoyunta la
sociedad y la impregna de violencia, sino que convierte
al Estado en su único garante: «concebir el derecho
como un poder exigir implica que los derechos dependen
absolutamente del poder político, no ya para su
efectividad, sino, y esto es lo más grave, para su real
existencia» (pág. 70).
El inicio de esta transmutación debe situarse en el
nominalismo de Ockham y en la desintegración del
concepto de orden, sustituído por una visión
voluntarista de lo jurídico que seguirán Grocio y
Thomasius. Para intentar conciliar los derechos
subjetivos de los individuos entre sí, Hobbes, Locke o
Rousseau idearán ficción sobre ficción, sin conseguir,
ni en la teoría ni en la práctica, sustituir la vieja
armonía ligada al realista concepto de una justicia
incardinada en la naturaleza de las cosas. En la cúspide
de esta perversa evolución se ubican los Derechos
Humanos, que el autor declara incompatibles con la
tradición clásica y ajenos al campo de lo jurídico:
son solamente una coartada política para legitimar o
deslegitimar realidades sociales, y su carga ideológica
y utópica consiste en la promesa cuasi-religiosa de un
futuro perfecto para el hombre.
Elio A. Gallego concluye afirmando que «tras la
categoría científica de derecho subjetivo
-aparentemente inocua- subyace todo un planteamiento
filosófico de fondo que supone un punto de inflexión en
la historia de las ideas (...) es pues, en este sentido,
el resultado más típico de la modernidad en el ámbito
jurídico» (pág. 151).
Carmelo López-Arias Montenegro
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