Las Fuerzas
Armadas entre la sucesión y la reforma
Durante
el último tercio del régimen del general Franco se
vivió con intensidad creciente en el seno de las Fuerzas
Armadas un conflicto entre la sucesión y la reforma,
entre los guardianes celosos del cumplimiento de las
previsiones sucesorias y los partidarios de la apertura
de una reforma del sistema, con ruptura, aunque ésta se
realizara a través de un pacto -una ruptura pactada.
En el seno de las Fuerzas Armadas (en su conjunto) era
más fuerte la tendencia hacia el apoyo de una sucesión
sin ruptura que la mera hipótesis de la tolerancia de
una reforma sin sucesión. A lo sumo se daba por sentado
que habría primero una sucesión y después -sin prisa
pero sin pausa- una reforma. En el conjunto (restringido)
de los generales y almirantes de Franco, claramente se
prefería tomar al pie de la letra la frase «todo queda
atado y bien atado» a admitir la apertura de un período
de reformas. En el conjunto (algo más amplio) de los
jefes y oficiales con más perspectivas de ascenso, la
necesidad de la reforma estaba mucho mejor representada
que en la élite militar del sistema.
No obstante, la coexistencia de algún núcleo de
generales de Franco, guardianes de la sucesión sin
reforma, con algún núcleo de oficiales, partidarios de
la reforma sin sucesión, anunciaba algún grado de
conflictividad y propiciaba por ambos extremos una
recaída militar en la politicidad de antaño, es decir,
en la politicidad más bien propia del primero de los
tercios del «régimen» que del último. Pero la
mayoría de los miembros de las escalas profesionales de
las armas combatientes estaban a favor de lo que se
consideraba bueno y normal: un renovado retorno a la
profesionalidad de las armas análogo en todo a lo
acaecido con relativo éxito durante el segundo tercio
del citado «régimen».
Ahora bien, aun admitiendo que el retorno al cultivo
preferente de la profesionalidad de los militares de
carrera sintonizaba perfectamente con los sentimientos
también predominantes en la sociedad, cabía matizar
hasta tres posiciones diferentes incluso entre los
inclinados a la convergencia de una sucesión y de una
reforma. Se quería una de estas tres opciones:
a) Que la reforma se anticipara a la sucesión.
b) Que la reforma siguiera inmediatamente a la sucesión.
c) Que la reforma esperara al definitivo arraigo de la
sucesión.
Hoy -veinticinco años después de la muerte de Francisco
Franco- no nos cabe ninguna duda acerca de lo
verdaderamente acaecido -la inmediatez del fenómeno de
la sucesión con la acelerada puesta en marcha de una
reforma política. Ni nos cabe tampoco equivocarnos
acerca de las personalidades políticas y los mandos
militares que apostaron por esta solución; pero durante
el último tercio del régimen del general Franco se
alimentó la falsa impresión de todo lo contrario, es
decir, la inminencia del violento e inevitable choque
entre los guardianes de la sucesión y los partidarios de
la ruptura a ejemplo de la inestabilidad padecida en
Portugal a partir de 1974.
Aquí, en esta breve glosa, vamos a aplicar nuestra
atención al reducido grupo de los generales y almirantes
de Franco en quienes la temida recaída en la politicidad
de antaño era más probable y no vamos a decir nada en
particular sobre el también reducido grupo de oficiales
del Ejército de Tierra en quienes también se produjo
una recaída en la politicidad de diferente signo. Porque
lo históricamente dado, pese a quien pese, fue el
fracaso simultáneo de ambas formas de recaída en la
politicidad. Se impuso, pues, sin ningún paliativo, la
aceptación del orden lógico de las cosas: sucesión
seguida de reforma. No obstante, el quicio de la postura
general de los militares de carrera durante la
transición desde un régimen autoritario a la
democracia, a mi modo de ver las cosas, estuvo en que
quizás las Fuerzas Armadas en su conjunto hubieran
preferido algo menos de inmediatez entre ambos
fenómenos.
1. Voluntad de olvido y memoria histórica
Lo primero que conviene le quede aclarado al lector antes
de penetrar en la diferencia entre el modo en que fue
entendida la sucesión en 1975 por los mandos de las
Fuerzas Armadas (en torno a la muerte del general Franco)
y el modo como fue recibida por ellos mismos la reforma
en 1978 (en torno a la entrada en vigor de la
Constitución) es que, aquí y ahora, para quien escribe
estas notas, ha resultado siempre preferible mantener
viva la memoria histórica a sumergir los datos en una
voluntad de olvido.
La memoria, personal o colectiva, es el fundamento de la
esperanza. Nadie puede sentirse esperanzado si se sabe
desasistido de una correcta interpretación de su pasado.
La reconstrucción histórica del pretérito nunca
debería incurrir en una descalificación plena o
denigrante del pasado, ni debería dejarse llevar hacia
posiciones del todo maniqueas para el juicio sobre el
presente. El pretérito -cualquier pretérito- no es que
deba ser idealizado: es que siempre reúne suficientes
rasgos como para ser calificado de digno. ótra cosa es
asumir la obligación de indicar cuanto se considere
inoportuno o equivocado, dentro del mismo contexto
esperanzador, en el modo de proceder de los protagonistas
del cambio que se analice.
Desde el oficio de historiador no debería propiciarse,
en ningún caso, la voluntad de olvido. Cada historiador
debería ser un artista de la pluma que se siente
moralmente obligado a recordar con preferencia todo
aquello que alimenta las esperanzas. Nunca deberá
incurrir en la recomendación de un olvido. Cada
historiador selecciona, según su leal saber y entender,
lo que entiende por memorable. El juego entre la fácil
denigración del pasado y la (más fácil aún) apología
del presente, tan habitual en las polémicas partidarias,
no debe formar parte del oficio de historiador
cualesquiera que sean sus preferencias.
La memoria histórica de lo acaecido en los primeros
veinticinco años de nuestra democracia para mí debe
quedar correctamente encuadrada entre el recuerdo de
cuanto le precedió y la esperanza que todavía esta
memoria suscita. No es preciso que se dé una
concordancia suma entre los dos extremos; pero sí una
línea de continuidad. Lo que importa es dejar
aceptablemente explicado el proceso que condujo al cambio
tal como éste fue realmente vivido por los miembros de
las Fuerzas Armadas entre 1973 y 1978.
2. La sucesión, una reducción del cambio
a lo inevitable
La sucesión, entre todas las formas posibles de cambio
político, es aquella que con más efectividad reduce el
cambio a lo mínimo, es decir, a lo inevitable. El grito
monárquico por excelencia que expresa nítidamente el
trance es bien conocido: ¡El Rey ha muerto! ¡Viva el
Rey!
La pretensión del cumplimiento al pie de la letra de
unas previsiones sucesorias es algo inherente a la
Monarquía. La República, en rigor, no establece líneas
sucesorias para el ejercicio de su Presidencia. Los
Presidentes de la República no se suceden, se relevan. Y
los relevos, tanto en la Primera como en la Segunda
República Española, habían arrojado un acelerado
balance de sustituciones del todo imprevistas. En cambio,
la sucesión monárquica - la que se abrió entre la
muerte de Alfonso XII y la subida al trono de Alfonso
XIII- fue viable, incluso en la espera del alumbramiento
de un heredero varón por parte de la Reina Regente
María Cristina, allá por 1885, gracias a la pervivencia
del mismo principio monárquico.
El dato más decisivo de la situación en 1975 era que
para la construcción del futuro de España había que
superar un previo problema sucesorio. La existencia del
problema venía de años atrás, exactamente del día 29
de septiembre de 1936, cuando una persona -el general
Franco- asumió todos los poderes del Estado, sin
especificar tiempos de permanencia. La expresión
utilizada entonces -«todos los poderes del Estado»- era
de hecho una expresión mucho más clara que el binomio
de expresiones por entonces hecho público -«Jefe del
Gobierno del Estado Español versus Jefe del Estado y del
Gobierno Español».
Y es que eso de referirse los militares al tener éxito
un pronunciamiento a «todos los poderes» de este modo
asumidos no era una situación nueva. Recientemente
habían utilizado esta expresión al pronunciarse tanto
el capitán Fermín Galán (diciembre de 1930), en su
intento de derribar a la Monarquía, como los miembros de
la Junta de Defensa Nacional (sublevados contra la
República en julio de 1936, bajo la presidencia del
general Cabanellas). Al usarla se trataba, en general, de
eliminar dudas. La expresión «todos los poderes del
Estado» mezclaba dignidades, cargos y funciones. Y, en
particular, el hecho de septiembre de 1936 fundía en una
persona de condición militar estos cuatro conceptos o
figuras:
- La Jefatura del Estado.
- La Presidencia del Consejo de Ministros.
- El Caudillaje de un Movimiento.
- El Mando supremo (Generalísimo) de una Fuerza Armada.
El 29 de septiembre de 1936, la persona -Franco- que
había sido propuesta por el general Kindelán
(simplemente como un Generalísimo que mandaría sólo
mientras durara la guerra) se convirtió en la
personalidad que llevaba sobre sus hombros la Jefatura
del Estado. Nada le obligaba a restaurar la Monarquía ni
le aconsejaba que prolongara la República. Estaba en
ciernes de producirse la difícil victoria militar, la
creación hipotética de un Estado Nuevo que no tendría
que ser ni monárquico ni republicano. En aquellos años,
la idea misma de «Estado Nuevo» era algo que también
se podía encontrar en el léxico de más de un
intelectual español de elevado prestigio internacional,
generalmente republicanos. Y, desde luego, era una idea
que había ganado a un sector de los militares mejor
colocados en el escalafón.
En 1975 el único problema sucesorio era el que se
derivaba de la inminencia de la muerte del Jefe del
Estado. Todos los demás relevos (en cargos) o clausuras
(en dignidades) habían quedado eliminados del horizonte
político. Cualquier cambio en la titularidad del Consejo
de Ministros (Presidente), en la Jefatura del Movimiento
(Caudillo) o en el mando de las Fuerzas Armadas
(Generalísimo) era una cuestión menor e inducida del
problema sustancial, la sucesión en la Jefatura del
Estado a título de Rey. Esta -y no las otras tres
cuestiones- era la clave de la estabilidad política y
social que los militares se prestaban a cuidar.
Aquellas cuatro cuestiones, diferentes en sí mismas,
habían seguido (entre 1936 y 1975) vicisitudes muy
distintas en el modo de ser aceptadas por los militares
de carrera.
a) Se había considerado inalterable el principio de la
unidad del poder, un correlato lógico del arranque
fundacional del «régimen»: la asunción por una
persona de «todos los poderes del Estado» en función
de la quiebra de la Segunda República.
b) Se había desarrollado, lentamente por cierto, el
precepto de la coordinación de funciones, una
consecuencia razonable del criterio que desvinculaba
(teóricamente al menos y prácticamente a partir de la
Ley órgánica del Estado) las tareas de la Presidencia
del Consejo de Ministros del ejercicio de la Jefatura del
Estado.
c) Se había clausurado hasta las últimas consecuencias
cuanto exhibía una procedencia de la teoría del
caudillaje, un resultado, en su día inevitable, del
afán unitario que prohibía la existencia de una
autoridad carismática que no quedara encuadrada dentro
de las responsabilidades del Gobierno de la Nación.
d) Se había debilitado hasta el extremo la doctrina del
mando único, la única función que tradicionalmente
había tenido carácter vitalicio en el marco de la
dignidad de Capitán General de los Ejércitos de Tierra
y Mar, históricamente reconocida de este modo tan
irreversible también por la Monarquía de D. Alfonso
XIII.
Conviene repetir que las cuatro cuestiones de algún modo
sucesorias habían sido abordadas por el régimen
anterior como esencialmente diferentes entre sí y que
sólo la primera, la sucesión a la Jefatura del Estado,
tenía el suficiente rango para constituirse en decisiva
para el futuro más o menos democrático de España.
a) Lo inalterable: el principio de la unidad de poder
La Jefatura del Estado había cuidado el principio de la
unidad de poder como si fuera lo único verdaderamente
«inmutable» del régimen vigente en 1975. El ámbito
previsto para ser en su día ocupado por la Corona del
Reino de España era, exactamente, aquel en el que mejor
se cumplirían las previsiones sucesorias. Aquí era
donde tenía pleno sentido la preocupación militar por
la reducción del cambio a lo inevitable, aunque se hace
necesario señalar que en ninguna disposición legal del
régimen anterior de alto rango constituyente se había
afirmado que la Jefatura del Estado regentada por Franco
fuera vitalicia. Lo que sí que se daba por firme era que
la figura de Franco como Jefe del Estado en ningún modo
se vería sucedida por un vacío de poder. Este era el
principio inalterable, por excelencia, sobre el que se
apoyaba el régimen anterior. La sucesión en la Jefatura
del Estado a título de Rey, naturalmente, sí que se
entendía vitalicia e irreversible.
b) Lo relevable: el precepto de la coordinación
de funciones
Desde la Presidencia del Consejo de Ministros se había
entendido en todo momento que el precepto de la
coordinación de funciones era una tarea «revocable»
por su propia naturaleza, tan revocable como cada una de
las credenciales de los ministros. Todo el que era
nombrado ministro sería relevado por otro ministro. Nada
había en la esfera del Gobierno que tuviera la menor
condición de inmutable. El relevo formaba parte de la
esencia del órgano ejecutivo del poder. Lo que de hecho
resultaba más claro es que las Vicepresidencias, cuando
las hubo, se sintieron menos permanentes que la
Presidencia y que los Ministros siempre se supieron menos
estables en sus cargos que los Vicepresidentes. El relevo
(en 1967) de un Vicepresidente militar (Muñoz Grandes)
por un Vicepresidente total (Carrero Blanco), es decir,
civil y militar, anunciaba que también estaba
preconizado el relevo de un Presidente carismático
(Franco) en 1973 por otro Presidente temporal del Consejo
de Ministros (Carrero Blanco) y en 1974 por un Presidente
civil (Arias Navarro). En este punto, el sector militar
de la sociedad española de 1975 mantenía una postura
serena frente a los relevos acaecidos y por acaecer.
c) Lo irrepetible: la teoría del caudillaje
El Caudillaje en cuanto tal del Movimiento Nacional -no
la mera Jefatura- se comprendía a sí mismo como
«irrepetible». No habría, pues, una vez muerto Franco,
ningún otro Caudillo. La venerable y vieja noción de
líder carismático, que sirve sólo para resolver una
coyuntura crítica -la guerra civil-, se había venido
disolviendo en la misma medida en que se iba creyendo en
los Ejércitos que no volvería a haber otra guerra
civil. Aquel carisma «irrepetible» de Franco quedaba
disuelto en la mera funcionalidad de una Jefatura
Nacional del Movimiento; una estructura que, una vez
aislada del poder, nada tuvo ni podía tener de
vitalicia. Desde mucho antes de que la Ley órgánica del
Estado dejara obsoleta la expresión misma de
Movimiento-organización, el relevo del Jefe Nacional,
que no la sucesión, tenía carácter subsidiario e iba
asociado a la designación (revocable) de cada nuevo
Presidente del Consejo de Ministros, según lo
establecido en aquella Ley.
d) Lo innecesario: la doctrina del mando único
Sólo la figura del Generalísimo de los tres Ejércitos,
contrariamente a las tres figuras simbólicas anteriores,
respondía al concepto de dignidad militar (Príncipe de
la Milicia) y era equiparable a una magistratura
vitalicia. La dignidad de Capitán General -nunca el
destino de un óficial General al frente de una
territorialidad o Capitanía General- era una dignidad
tradicionalmente vitalicia; pero quedaba excluida de toda
idea de sucesión o de relevo. Lo curioso en la historia
de España era que sólo en 1936, con ocasión de la
última guerra civil y en la persona de Franco, se
aproximaron en España los rasgos de la figura de un
Capitán General vitalicio con la doctrina del mando
único. Pero, en 1975, el régimen político del general
Franco, lúcidamente abocado a la Restauración, ya no
necesitaba para el presunto ejercicio del mando militar
conjunto de los tres Ejércitos, ni de un relevo, ni de
una sucesión. Era una función «innecesaria». En el
futuro previsible no habría «generalísimo». Era
«innecesario» que lo hubiera, además de inconveniente
también respecto a los principios de la democracia
orgánica.
Y así, los generales y almirantes que en 1975 ocupaban
destinos o cargos de responsabilidad, tuvieron que tomar
conciencia de que lo suyo en política interior se
reducía a atender serenamente a un proceso que
inicialmente simplificaba el cambio a lo «inevitable».
La sugerencia de proceder legalmente a la designación de
otro «generalísimo» (que fue realmente formulada sin
la mejor publicidad) en absoluto fue admitida a trámite.
El sucedáneo más fácil -un Jefe del Alto Estado Mayor
de hecho considerado Comandante General de los tres
Ejércitos- fue radicalmente descartado por el propio
Presidente Arias Navarro, meses antes del cumplimiento de
las previsiones sucesorias por muerte del general Franco.
3. La reforma una moderación del cambio acelerado
La patente unanimidad militar de 1975 -con muy contadas
excepciones de carácter oculto o clandestino- en torno
al exacto cumplimiento de las previsiones sucesorias no
se logró del mismo modo en torno a la reforma de 1978. Y
es que era mucho más complicado lograrla, dada la
complejidad de las fuerzas ideológicas que habían
sostenido durante cuatro décadas al anterior Jefe del
Estado. ¡Nada digamos si se sumaba a ella la complejidad
de las fuerzas políticas que siempre habían pretendido
derribarle y que desde 1975 estaban nuevamente dotadas de
poder por el hecho mismo de la instauración de una
Monarquía con vocación constituyente!
Lo cierto es que las Fuerzas Armadas -entiéndase sus
mandos- nunca tomaron en consideración la implantación
de una Tercera República. Tenían la fundada impresión
de que su simple anuncio como posibilidad entrañaba una
inmediata ruptura de la paz social sin paliativos, lo que
hubiera imposibilitado, primero, la sucesión
monárquica, y segundo, la reforma pactada del sistema a
favor de la democracia, que fue, en realidad, lo que
siguió al primer acto sucesorio, el de la Jefatura del
Estado.
Tampoco se tomaron los generales y almirantes del
«régimen» en serio la reapertura de algunas
posibilidades a favor de un Estado Nuevo, que no fuera
enunciado ni como República ni como Monarquía. Era una
hipótesis abandonada por el propio régimen anterior a
partir de 1946. Las Fuerzas Armadas, ganadas para la
Restauración, sólo distinguían entre dos formas de
estar en la reforma que habría de producirse para así
caminar serenas desde un régimen personal (autoritario y
burocrático) hasta una monarquía Parlamentaria (en
principio liberal y democrática): el cambio acelerado y
la moderación del cambio. La aceleración de un cambio
(que se detuviera al borde de la ruptura) o la
moderación de un cambio (que sufriera las inevitables
resistencias) eran la verdadera alternativa para las
Fuerzas Armadas, una vez asegurado el éxito en la
sucesión.
El reducido y joven sector militar que optó por la
aceleración del cambio -la Unión Militar Democrática-
operó por las líneas interiores crecientemente abiertas
durante los primeros gobiernos de la Monarquía, sobre
todo durante la Vicepresidencia del Teniente General
Gutiérrez Mellado (Gobierno Suárez). El sector militar
que prefirió la moderación del cambio había operado
previamente, sin éxito, en el seno del primero de estos
gobiernos, en torno a la Vicepresidencia del Teniente
General De Santiago (Gobierno Arias Navarro). Colocada de
hecho la reforma en uno de los dos límites, de
producirse la ruptura, se le hubiera dado la razón al
método revolucionario del movimiento de las Fuerzas
Armadas de Portugal: el Ejército se convertía en el
motor del cambio. Colocada en el otro límite, el de la
resistencia al cambio, de consolidarse, se le hubiera
negado al régimen anterior la capacidad de reforma y se
hubiera dicho en el exterior de España que era el
Ejército quien se comportaba como el freno más decisivo
para el cambio democratizador.
El problema político consistió, pues, en descubrir el
modo de mantener abierta para España una operación sin
precedentes: la reforma más deseable para las Fuerzas
Armadas era aquella en la que el Ejército no asumiera
ningún papel promotor. Y en la que no se le pusiera al
Ejército en trance de ser derrotado: una reforma sin el
Ejército (que no se convirtiera en una reforma contra el
Ejército, es decir, contra las Fuerzas Armadas, o mejor,
contra todo lo que ellas significaban).
La envergadura del cambio deseable desde la política (en
curso) de transición tenía prescritos hasta cuatro
escenarios hasta entonces considerados ineludibles por la
nueva clase política: primero: el cambio en la
Constitución del Estado; segundo: el cambio en la
órgánica de la Defensa; tercero: el cambio en la
Estructura del Mando; cuarto: el cambio en la Política
de Alianzas.
Primero: La Constitución del Estado. La Ley órgánica
del Estado (LóE) se había cuidado, desde diez años
antes del cumplimiento de las previsiones sucesorias, de
dejar sentada la armonía entre todas y cada una de las
misiones en ella encomendadas a las Fuerzas Armadas.
Distinguía, no obstante, entre las instituciones al
servicio de lo permanente (Ejército de Tierra, Armada y
Ejército del Aire) y las organizaciones al cuidado de lo
coyuntural (Fuerzas de órden Público). Esta distinción
era el correlato lógico del principio de la unidad de
poder, asociado en este punto con la doctrina del mando
único.
La Constitución Española, tres años después de la
muerte de Franco, establecía dos sistemas diferentes
para mostrar la subordinación militar al poder civil,
uno en el seno del Ministerio de Defensa y otro en el
seno del Ministerio del Interior. Correspondía al Rey el
mando de las Fuerzas Armadas, pero no su ejercicio. Desde
la defensa del orden institucional se pasaba a la
custodia del ordenamiento constitucional, como tema
propio de las fuerzas armadas correspondientes, una vez
adecuadas -se nos decía- a unos nuevos criterios
básicos.
Segundo: La órgánica de la Defensa. El cambio que se
fomentó en torno a 1978 reflejaba alteraciones notables
que habían venido siendo incoadas a lo largo del
período de vigencia del régimen anterior para lo que
podríamos denominar tareas de la élite militar. Tres
esferas -política exterior, política militar y
política interior- habían absorbido en tiempo lejano el
destino de un puñado de militares de carrera en los
cargos de mayor confianza del anterior Jefe del Estado y
Generalísimo. Pero el propio régimen, desde 1944,
había prescindido de militares de carrera para las
tareas de contenido internacional. No así en lo
referente a la vida peculiar de los Ejércitos, que
siempre se recomendó a Ministros militares. Ni tampoco
en el ámbito de la política interior, donde se
alternaron militares de arma combatiente, con jurídicos
militares y con personalidades de condición civil en los
puestos de mayor responsabilidad.
Para satisfacer la orgánica de la defensa, la Ley
órgánica del Estado había dispuesto que la figura del
ministro militar Ejército, Marina y Aire- se comportara
como un híbrido de comandante general de su propia
fuerza y de miembro del poder ejecutivo. La nueva
Constitución Española pasó las atribuciones del mando
militar al seno de hasta cuatro Cuarteles Generales en
tanto Jefaturas que habrían de colegiarse bajo la
denominación de Estados Mayores de la Defensa, del
Ejército, de la Armada y del Ejército del Aire. Pero en
absoluto les concedió forma alguna de participación en
el poder político más allá de la formulación de
propuestas. El poder político se adjudicó a la figura
civil del Ministro de Defensa, sin sombra de dudas, tras
la pronta desaparición de la figura de un Vicepresidente
específico para asuntos de la defensa, en cuanto defensa
militar, encarnado por un militar de carrera.
Tercero: La Estructura del Mando. El cambio preferido en
este punto tendía hacia la homogeneidad de la fuerza
más que hacia la disparidad de sus sectores. El binomio
fuerzas de intervención inmediata - fuerzas de defensa
operativa del territorio quedó subsumido en otro de
origen más bien naval -fuerza y apoyo a la fuerza-. No
es que las nuevas Jefaturas de los Estados Mayores
-Cuarteles Generales- adquirieran las atribuciones que
tuvieron los Ministros militares de antaño: es que se
alteraron las relaciones de subordinación precisamente
en los niveles regionales para desplazarlas de la
dependencia directa del Ministerio de Defensa a la
dependencia también directa de los Cuarteles Generales,
sin que la autoridad de los antiguos Ministros militares
fuera delegada a los nuevos Cuarteles Generales de
ningún modo, sino asumida por el Ministro, o mejor aún,
absorbida por un Poder tan civil como civilista.
La estructura del Mando militar resultante quedó
diseñada como un instrumento que recibe misiones del
Poder civil, nunca como el disfrute de atributos o de
atribuciones para tomar decisiones por parte del Mando
militar. Aunque en los medios de difusión se seguía
hablando de una cúpula colegiada de los tres Ejércitos,
en la realidad era la idea misma de cúpula lo que había
sido totalmente difuminado. Ni el Jefe del Alto Estado
Mayor de los gobiernos Arias Navarro, ni el Presidente de
la Junta de Jefes de Estado Mayor de los tres Ejércitos,
ni, luego, el General Jefe del Estado Mayor de la
Defensa, respectivamente de los gobiernos de Adolfo
Suárez y de Felipe González, heredaban rasgo alguno de
la doctrina del mando único que en 1936 había servido
para designar un Generalísimo.
Cuarto: La Política de Alianzas. El régimen anterior se
había definido, en su tratado, acuerdo o pacto con los
Estados Unidos del año 1953 y siguientes, como pieza
netamente disponible para la mejora de la resistencia
occidental frente al expansionismo soviético. Con ello
no hacía más que prolongar la clave de su principio
fundacional, es decir, el Alzamiento armado contra la
esencia de un frente-populismo instalado en el poder.
El cambio en la política de alianzas de la Nación
española en absoluto arrojaba en 1975 la más mínima
posibilidad de inversión de las alianzas. La reforma
política de 1978 podía subrayar en su haber todo lo que
le fuera posible la envergadura del salto dado desde un
régimen autoritario a una democracia; pero no podía
favorecer, pongo por caso, la hipótesis de un ingreso de
España en el Pacto de Varsovia en lugar de una
integración en la órganización del Tratado del
Atlántico Norte. El techo de la reforma lo ponía el
socialismo de Felipe González en la neutralidad respecto
a la política de bloques como única alternativa a la
plena integración, y el suelo de la reforma para el
centrismo de Adolfo Suárez. En el centro de la estrecha
banda techo-suelo se situó por referéndum en 1982 lo
que sería por un decenio la limitada participación de
España en la Alianza Atlántica.
Hoy, a los veinticinco años del cumplimiento de las
previsiones sucesorias, se contempla lo sucedido con una
enorme serenidad. La doctrina socialista de la
integración limitada de 1982 terminó dejando el campo
libre para la doctrina populista de la plena integración
de 1998. La percepción del cambio habido en la Política
de Alianzas no ofreció unas dificultades de contenido
ideológico para ningún miembro de las Fuerzas Armadas
Españolas. Había quedado trazada una línea sinuosa
(pero contínua) entre lo que fue nuestra política
exterior antes de 1953 y lo que era ahora, después de
1998 -cuarenta y cinco años, en suma-, esa misma
política. El cuarto escenario para el cambio ha sido,
sin duda alguna, el que ha sufrido menores perturbaciones
entre 1936 y el año 2000.
* * *
Hora es de concluir estas reflexiones. Lo verdaderamente
dado para la verdadera historia es que triunfó, con
mérito o demérito de unos y de otros, la tesis que
aconsejaba la inmediatez de una reforma respecto al
problema previo de una sucesión aceptada
mayoritariamente. Y que fracasaron (también en el seno
de las Fuerzas Armadas) tanto quienes hubieran preferido
una reforma sin sucesión previa como quienes luego
defendieron, a su modo, la sucesión sin reforma. Lo
decisivo, a mi juicio, radica en la superior
trascendencia del primero de los dos actos políticos -la
sucesión- sobre las consecuencias trazadas a partir del
segundo -la reforma.
Miguel Alonso Baquer
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