La declaración
católico luterana
1. El
31 de octubre pasado, el cardenal Edward Cassidy,
Presidente del Pontificio Consejo para la Unidad de los
Cristianos, y el «obispo» Christian Krause, Presidente
de la Federación Luterana mundial, firmaron en la ciudad
bávara de Augsburgo una declaración conjunta sobre la
doctrina, de la Justificación. En su punto número 43,
la declaración dice: «Nuestro consenso respecto a los
postulados fundamentales de la doctrina de la
justificación debe llegar a influir en la vida y el
magisterio de nuestras Iglesias. Al respecto, subsisten
cuestiones de mayor y menor importancia que requieren
ulterior aclaración, entre ellas, temas como: la
relación entre la Palabra de Dios y la doctrina de la
Iglesia, la eclesiología, la autoridad en la Iglesia, el
ministerio, los sacramentos y la relación entre
justificación y la ética social».
Con ánimo meramente científico y después de haber
leído la declaración, surge inmediata la duda sobre la
envergadura real del «consenso respecto a los postulados
fundamentales de la doctrina de la justificación», que
se limitan a una exposición de la doctrina tradicional
católica que afirma que el hombre, después de la caída
original, no es capaz de restablecer por sus solas
fuerzas su amistad con Dios: su naturaleza quedó herida.
Sin embargo, según la doctrina católica, los méritos
de Jesucristo restauran nuestra naturaleza caída.
Gratuitamente, sin ningún merecimiento nos devuelve la
amistad perdida. A partir de esta restauración, los
actos del bautizado son meritorios.
Si bien es cierto que la mera exposición de la doctrina
católica echa por tierra las objeciones luteranas que
acusaban al catolicismo de menoscabo de la única
mediación de Cristo (al reconocer la meritoriedad de los
actos de los justificados), da la impresión de que no ha
habido ningún avance en las posiciones teológicas, a no
ser el reconocimiento por parte luterana de la
posibilidad del mérito (lo cual destruye la teoría
antropológica de Lutero, basada en que la Redención de
Cristo no puede sanar la naturaleza humana, que permanece
eternamente pecadora, sino que solamente «tapa», cubre
con un manto de santidad esa naturaleza. A partir de la
Redención, Dios no tendría en cuenta nuestro pecado,
gracias a la intercesión de Cristo, pero éste
subsistiría. De modo que, a pesar de que por la
Justificación los justos estarían salvados, los actos
de los justificados -pecadores siempre- serán siempre
pecaminosos). No en vano, en la reciente apertura de la
cuarta puerta santa jubilar, coincidente con el inicio de
la Semana para la Unión de los Cristianos (17-I-2000),
el doctor Krause, que firmó la declaración conjunta, no
asistió a esta ceremonia, pese a estar personalmente
invitado por Juan Pablo II. La razón no fue otra que la
fuerte disensión que este documento ha generado en el
interior de la comunidad luterana alemana. De hecho un
portavoz de la Iglesia luterana alemana manifestó que el
señor Krause no debía asistir a un evento en el cual la
Iglesia Católica ofrecía la posibilidad de ganar
indulgencias.
El artículo 43 de la declaración reconoce que subsisten
diferencias teológicas entre católicos y luteranos.
Enumeremos algunas de las principales.
2. El dogma. La Iglesia Católica entiende el dogma como
una verdad directamente revelada por Dios y propuesta
como tal por la Iglesia para ser creída por los fieles.
El protestantismo en general niega el magisterio de la
Iglesia y que pueda exponer autoritativamente el
contenido de la Revelación.
El pecado original. Lutero enseña que consiste en una
inclinación habitual al pecado y que persiste aún
después del bautismo, aunque a los bautizados no se les
impute a efectos del castigo. El Concilio de Trento
enseñó que por el Bautismo se borra todo lo que es
verdadero y estricto pecado y que la concupiscencia no es
pecado, sino sólo inclinación a él.
Virginidad de María. Es doctrina católica que María
fue virgen, antes, durante y después del parto. Aunque
Lutero mismo y Zwinglio creyeron en la virginidad, las
corrientes teológicas luteranas, tanto conservadoras
como liberales, niegan la virginidad posterior al parto
de María.
La gracia. Jesucristo, por medio de mérito redentor,
realizó objetivamente la reconciliación de los hombres
con Dios. Cada individuo tiene que recoger y apropiarse
esa redención objetiva por medio de la santificación.
Hasta aquí el catolicismo. Lutero estimaba, que con el
pecado original el hombre quedó corrompido totalmente,
pues le fueron sustraídos elementos sustanciales. La
naturaleza del hombre caído es incapaz de llegar al
conocimiento de la verdad religiosa y de realizar una
acción buena. la voluntad del hombre carece de libertad,
y por sí misma no puede hacer otra cosa que pecar. Sólo
la gracia actúa.
El mérito. Lutero enseño que todas las obras del justo
son pecaminosas porque el pecado sigue habitando en su
interior, y aunque luego concedió que puede realizar
obras buenas negó siempre que esas obras buenas tuvieran
valor meritorio. La Iglesia Católica asegura que el
justificado, por medio de sus buenas obras, adquiere
verdadero derecho a recompensa por parte de Dios, mas
para que las buenas obras se realicen precede la gracia
inmerecida.
Iglesia. El credo católico afirma que La Iglesia fue
fundada de manera inmediata y personal por el Cristo
verdadero e histórico durante el tiempo de su vida sobre
la tierra. Los luteranos obtienen que Cristo fundó una
Iglesia invisible, la organización jerárquica es pura
institución humana.
El primado de Pedro. La enseñanza católica sostiene que
la cabeza invisible de la Iglesia es Cristo. Pedro, como
sus sucesores, hace las veces de Cristo en el gobierno
exterior de la Iglesia militante. El luteranismo no
admite el primado de Pedro.
Los santos. «Es bueno y provechoso implorar la ayuda de
los santos», declaró el concilio de Trento. El
protestantismo en general, se opone a la veneración a
los santos.
El purgatorio. Los reformadores negaron la existencia del
purgatorio y, por ende, de toda ayuda posible a las
ánimas después de la muerte. El concilio de Trento
confirmó la existencia del purgatorio y que las almas
detenidas allí pueden ser ayudadas por la oración de
los vivos.
Sacramentos. El Catecismo Romano define el sacramento
como «una cosa sensible que por institución divina
tiene la virtud de significar y de operar la gracia
santificante». El pensamiento protestante considera que
los sacramentos no son medios para conseguir la gracia,
sino para avivar la fe (valor psicológico).
En particular, el católico considera el bautismo (o su
deseo) como necesario para la justificación, y el
protestante lo niega. Sobre la eucaristía, la doctrina
católica dice que Cristo se hace presente por
transustanciarse (cambiarse) toda la sustancia de pan en
su cuerpo y toda la sustancia de vino en su sangre.
Lutero opuso a la doctrina de la transubstanciación la
de la consustanciación, (las sustancias de pan y de vino
subsisten juntamente con el cuerpo y la sangre de
Cristo), y negó que después de la celebración
eucarística se conservasen las especies sacramentales.
Sobre la penitencia, la Iglesia condenó la doctrina de
Lutero de que era únicamente la enmienda de vida. Sobre
el orden sacerdotal, Lutero niega una diferencia
sustancial con el sacerdocio de los laicos. Sobre los
demás sacramentos también hay doctrinas incompatibles.
3. Una valoración. Seguramente no compete a un laico
juzgar acerca de la oportunidad de decisiones
eclesiásticas de esta envergadura. Lo que sí que es
pertinente es poner la información al alcance del
público para que se haga una idea realista de este acto.
El documento conjunto es farragoso, poco claro. En ese
sentido no es una buena herramienta científica. Sería
una ilusión creer que porque se presenten de forma
desleída las posiciones teológicas enfrentadas se dá
una aproximación real. Si se quiere arrojar luz sobre el
problema, lo conveniente no es una discusión nominalista
sobre las palabras, sino un estudio concienzudo sobre el
origen de las diferencias. Lo contrario nos lleva a
confusiones funestas. En el documento se da por sentado
que estamos de acuerdo sobre el alcance del término
«justificación», cuando la verdad es que detrás de la
misma palabra se esconden contenidos distintos en el
catolicismo y en el luteranismo. El documento pasa por
alto las circunstancias históricas, los hechos que
dieron origen al cisma luterano. Parte de una situación
de hecho, la desunión, y pretende dar pasos hacia obra
situación, la unión, sin analizar las causas del punto
de partida. Metodológicamente es un error, por lo que
los posibles frutos del documento no podrán ser sino
aparentes.
Además existen otros factores colaterales, pero
importantísimos, que no han trascendido a la opinión
pública española. por ejemplo, la elección de la fecha
para la firma de la declaración. El texto estaba ya
preparado en la primavera de 1999 y, desde entonces, no
se le añadió nada. Simplemente se buscó una fecha
significativa para la rúbrica. Se eligió el 31 de
octubre del mismo año. ¿Por qué? Porque un 31 de
octubre de 1517 Martín Lutero fijó -según la leyenda-
sus 95 tesis en la puerta de la iglesia de Wittenberg.
Como poco, esa coincidencia no causal significa un
reconocimiento a ese acto que hirió la unidad de la
Iglesia. El día de la firma un informador de la Radio
Vaticana dejó entender que el documento levantaba la
excomunión a Lutero. Esa información falsa fue recogida
por las agencias de todo el mundo y difundida por los
medios de comunicación. No existe mención a tal asunto
en el texto, y además, el papa no otorgó una
delegación de su potestad al Cardenal Cassidy para tal
asunto. Eso, sin contar con que los motivos de la
excomunión de Lutero no se ciñen a su doctrina sobre la
Justificación, sino a muchas otras y, además, a sus
actos.
Estamos ante todo un cambio de estrategia para afrontar
el problema: visto que el método científico (por
ejemplo el balmesiano, como el de toda la apología
católica) conlleva una confrontación, en la que
necesariamente hay que distinguir entre verdad y error,
se ha pensado proceder por otro camino, el de la
aproximación psicológica. El gesto de hacer de la firma
de la declaración una conmemoración del desafío de
Lutero hace que psicológicamente lo veamos como digno de
celebración. Lo mismo ocurre con la elección del lugar
de la firma, la ciudad de Aubsburgo. Fue en esta misma
ciudad donde Martín Lutero declaró fundada su nueva
religión, en 1530. Es el segundo espaldarazo
psicológico que otorga el documento.
Es paradójico el contraste entre la claridad de esos
gestos: concesiones psicológicas y la caliginosidad de
la intención doctrinal del texto. Casi parece que el
enunciado sea una mera excusa para poder realizar la
significativa puesta en escena. Quizás esta
aproximación ecuménica consista en los reconocimientos
implícitos que suponen esas circunstancias colaterales,
más que en abordar teológicamente el problema. sería
un error gravísimo.
Dentro de la puesta en escena cargada de simbolismo,
ocupa un papel no menos importante el ritual de la
suscripción del documento. La ceremonia del 31 de
octubre de 1999 comenzó en la catedral católica de
Aubsburgo. Allí se pronunciaron plegarias de
arrepentimiento. Después comenzó una procesión desde
la catedral católica hasta la iglesia luterana de Santa
Ana, donde tuvo lugar el acto «jubiloso» de la firma.
Allí comenzó un servicio protestante, al que asistieron
varios cardenales y en el que protestantes y católicos
renovaron las promesas del bautismo. La carga simbólica
de este acto contribuye a crear un ambiente de confusión
emocional que dificulta el discernimiento racional. En la
catedral católica se produce el arrepentimiento y, desde
el lugar de la contricción caminamos hacía el de la
liberación, la iglesia luterana, donde se sella la paz.
Allí obispos católicos y pastores luteranos, así como
los dos mil asistentes al acto intercambiaron abrazos.
¿Dónde queda la observación rigurosa de los hechos y
el amor a la verdad? Parece más bien un plan trazado
para llegar a un punto predeterminado, todo lo demás,
incluído el texto, es decorado.
Ese es el error de quienes han intentado comprender el
alcance del documento examinando exclusivamente la letra
que contiene. no se han percatado de que forma parte del
decorado y por eso, necesariamente, es confuso. Lo
contrario le habría otorgado un protagonismo que «no le
correspondía» en el guión. Esos actos y gestos han
derribado algunas barreras psicológicas y reticencias en
el ambiente luterano, no tanto el contenido doctrinal del
texto. Estamos tratando verdades definidas
dogmáticamente en el Concilio de Trento, y el Cardenal
Cassidy, firmante de la declaración conjunta, reconoció
que no podía ir más allá de lo que Trento había
fijado. El peligro, pues, es el de proseguir por el
camino de relativizar la importancia de las definiciones
doctrinales y buscar un encuentro psicológico. La
doctrina trata de la verdad, la euforia, de un estado de
ánimo que puede coexistir con la falsedad.
Un último apunte, que demuestra cómo el documento no es
sino una ocasión para otra intención no manifestada, la
aproximación psicológica; la fuerza de obligar que
tiene la declaración. Es un problema jurídico. Los
declarantes ¿a quién representan? Parece claro que el
cardenal Cassidy actuaba en representación del Papa.
Pero el señor Krause, representa a una asociación, la
Federación Luterana mundial. uno de los errores
luteranos fue el de negar la constitución visible de la
Iglesia. No existe Iglesia luterana jerárquica. Eso
quiere decir que, propiamente, el luteranismo es un
individualismo religioso: nadie puede imponer una
interpretación de las Sagradas Escrituras, que se
automanifiestan al lector (libre examen), y no existe un
sacerdocio jerárquico. Todas las formas externas
(congregaciones, «episcopado», etc) son convenciones.
La concepción católica es la de que se constituyó la
Iglesia como sociedad perfecta, como un cuerpo, con
capacidad de enseñar, de santificar y de santificarse.
Por eso, la declaración conjunta se firma entre un
representate de ese Cuerpo y un señor sin ninguna
capacidad jerárquica y real de vincular a ningún
luterano. una asimetría considerable: desde el punto de
vista jurídico, toda la Iglesia Católica ha firmado una
declaración conjunta con el señor Krause. Cualquier
luterano que mantenga una opinión diferente a la de
Krause tiene tanta capacidad como él de firmar otra
declaración con el Dalai lama, si quiere.
La forma elegida (declaración), la falta de
representación de una de las partes, el contenido
oscuro, y la imposibilidad católica de desvincularse de
las declaraciones dogmáticas en este asunto indican que
el valor del acto no está en sí, sino en las
circunstancias preparadas a su alrededor. Eso consuma una
forma de buscar la aproximación por vías no racionales
ni espirituales, sino por vías psicológicas y casi
utilizando los mismos métodos de la mercadotecnia y la
publicidad. Lo que no se rompió por esas vías no se
reparará de ese modo.
José Antonio Ullate
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