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REPUBLICANOS DESAPARECIDOS DURANTE LA GUERRA CIVIL Y EL FRANQUISMO
NOTA INFORMATIVA
Tras la cobarde retirada del juez Garzón, inhibiéndose de sumario abierto por él mismo para la investigacion de los desaparecidos de la guerra civil y los crímenes franquistas, CAÍDOS POR LA LIBERTAD, prosigue la recogida de peticiones de búsqueda para orientar a los demandantes en dicha busca y con el fin de preparar una demanda colectiva en petición de auxilio a los órganos de la justicia competentes en España y en Europa.
INFORMACION DESAPARECIDOS:
caidosporlalibertad.info@gmail.com
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LOS DESAPARECIDOS
Hablamos de los desaparecidos durante y tras la guerra civil, una realidad que afecta a decenas de miles de familias españolas y que, ante la falta de interés y “calor” de las organizaciones políticas democráticas desde la extinción del franquismo, ha acabado por convertirse en resignado y silencioso sentimiento familiar de abandono social e institucional.
En la actualidad, al despertarse en toda España de la Memoria Olvidada de la guerra civil, son incontables las familias que se han lanzado a buscar a sus desaparecidos, asesinados por sus ideas o los caídos en combate, cifrados según nuestros cálculos para la Región de Murcia en unos 15.000 combatientes del Ejército Popular Republicano, muertos o desaparecidos), a los que hay que añadir los civiles a quiénes se perdió la pista durantes las evacuaciones de las zonas de guerra como refugiados, o durante los bombardeos de Cartagena y Aguilas. La mayor parte de éllos yacen sin identificar, en cementerios o en las fosas que cada día van apareciendo repartidas por toda la geografía española, sin que tengan sus familias el consuelo de conocer el lugar en donde reposan sus restos.
Capítulo aparte merecen los casos de los murcianos que fallecieron víctimas de la represión franquista, juzgados o no, muertos en la guerra o tras ella y cuyo paradero es para sus familias un doloroso enigma.
El primer problema que se han encontrado los familiares es no saber a donde dirigir su petición. Increíblemente, no existe oficina y departamento en ninguna Administración para dar curso a estas peticiones de información, por lo que los más resueltos, han debido iniciar un peregrinaje de consultas por organismos, archivos y registros civiles, acumulando respuestas en donde el silencio o el epígrafe “no hay datos” ha sido único eco recibido. Otros han contactado con asociaciones memorialistas y de víctimas del franquismo como AMIGOS DE LOS CAÍDOS POR LA LIBERTAD de la Región de Murcia, para buscar comprensión, orientación y apoyo.
Los “datos”, sin embargo, existen. Lo sabemos bien en laa asociaciones, que hemos podido resolver algunas búsquedas, pese a la enorme dificultad de no disponer de ningún apoyo. Aparecen buscando en los archivos militares judiciales, en los Juzgados, en los archivos municipales, en los registros de los cementerios, en los archivos históricos militares, o en los de las comisarías o guardia civil, en las memorias estadísticas, en los censos municipales, en la prensa de la época, en los consulados, etc. Hemos entrado en algunos de ellos y nos hemos sorprendido del inmenso campo que queda por explorar, para permitir si el Estado lo apoyase, la creación de un censo de desaparecidos y establecer procedimientos viables para búsqueda de sus restos y las acciones judiciales y administrativas que contemplan las leyes. Para todo ello resulta imprescindible un tratamiento informatizado de millones de datos, dentro de una operación de ámbito estatal en el que se impliquen todos los departamentos de las administraciones.
Todo esto y mucho más es lo que confiamos que el juez de la Audiencia Nacional D. Baltasar Garzón ponga en marcha con su iniciativa abierta el 28 de agosto de 2008, dentro de un programa de ámbito nacional que tenga por objeto averiguar el paradero de los desaparecidos republicanos, como consecuencia de la guerra civil y del franquismo, así como las circunstancias de su desaparición y fallecimiento, bien fuese en combate, por ejecución sumarial o no sumarial, por malos tratos, bombardeos, etc. En los casos de ejecuciones, el juez Garzón deberá aplicar la legislación internacional en materia de Derechos Humanos y/o el artículo 607.bis del vigente código penal español, que señala las penas para los responsables de crímenes de “lesa humanidad” en aquellos casos que proceda.
Nuestra asociación apoya la iniciativa del juez Garzón siempre y cuando esta busque la satisfacción de las tres reivindicaciones irrenunciables e imprescriptibles a que tienen derechos los desaparecidos y sus familias: Verdad, Justicia y Reparación.
Murcia, septiembre de 2008
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